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PREMAAT - NOTA INFORMATIVA SOBRE LA PRESTACIÓN DE INCAPACIDAD LABORAL TEMPORAL
PREMAAT continua tomando medidas extraordinarias ante la situación excepcional que estamos viviendo, con el objetivo de ayudar a sus mutualistas en estos complejos momentos.
Ya se ha definido el número de días para calcular la indemnización de la infección por coronavirus en la prestación de Incapacidad Laboral Temporal. Tras hacer los estudios pertinentes y comprobar la viabilidad, Premaat ha estimado reducir la franquicia de la prestación (los días de inicio de la enfermedad que no son indemnizables) para los supuestos de COVID-19. Así, de los 7 días habituales de franquicia se pasa a 4, lo que permitirá incrementar las cuantías de las indemnizaciones.
Asimismo, se ha estimado conceder la prestación también en caso de enfermedad de un familiar con el que se conviva.
De este modo, la prestación queda así definida para los casos de COVID-19:
- A los mutualistas hospitalizados: 20 días.
- A los mutualistas contagiados pero no hospitalizados: 15 días.
- A los mutualistas cuidadores de familiares en primer grado contagiados con los que conviva: 10 días.
En todos los casos, para calcular la indemnización, deben descontarse los 4 días de franquicia y multiplicar el resultado por la indemnización diaria contratada (20, 40 o 60 euros, dependiendo del caso).
Para solicitar la prestación deberá contarse con un documento que recoja el diagnóstico (del médico, hospital, etc). En el caso del supuesto de mutualista cuidador de familiar, deberá contar con el diagnóstico del familiar (hijo, padre o cónyuge) y el libro de familia o certificado de empadronamiento que demuestre la convivencia.
Documentos Prestación de Incapacidad Temporal
DNI, Informes médicos, Certificado de titularidad bancaria, Modelo 145.
- Solicitud Plan Profesional
- Solicitud Baja Activaa