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¿PUEDE UN ARQUITECTO TÉCNICO REDACTAR UN PROYECTO DE EJECUCIÓN, DE AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN REFORMA O REHABILITACIÓN DE UN EDIFICIO?
Puede hacerlo siempre que las obras contempladas no alteren la configuración arquitectónica del mismo, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total (en su integridad), o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior (cambio integral de fachadas), la volumetría, o el conjunto del sistema estructural (por tanto no la simple sustitución o renovación parcial de sus elementos), así como las que ocasionen modificaciones importantes en los usos característicos del edificio en su conjunto (cambio en el uso característico de todo el edificio, no de una parte del mismo).