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NUEVO RSCIEI Y MODIFICACIÓN DEL DB-SI, ENTRARÁ EN VIGOR EL DÍA 10 DE MAYO
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 164/2025 de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad en caso de incendios en establecimientos industriales (RSCIEI).
El Real Decreto, que tiene carácter de normativa básica, adapta el RSCIEI a las necesidades actuales y a las soluciones constructivas más recientes, alineándolo con el resto de la normativa aplicable en materia de productos, instalaciones y edificación. Desarrolla las exigencias de seguridad en caso de incendios para los edificios en los que se ubiquen establecimientos industriales.
El Real Decreto entrará en vigor el 10/05/2025, un mes después de su publicación en el BOE, y establece un periodo transitorio de seis meses, durante el cual podrá aplicarse de forma voluntaria.
En sus disposiciones transitorias, regula además su aplicación a los establecimientos que se hallen en construcción, existentes, así como a las ampliaciones, reformas o cambios de actividad.
El nuevo RSCIEI tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir los establecimientos industriales en materia de seguridad ante incendios, para prevenir su aparición y garantizar una respuesta eficaz en caso de producirse, estableciendo medidas para facilitar su rápida detección, limitar su propagación y posibilitar su extinción, con el objetivo de minimizar el riesgo de daños a personas, bienes y medioambiente.
Será de aplicación a los establecimientos cuyo uso principal sea industrial:
a) Las actividades industriales, tal como se definen en el artículo 3.1 de la Ley 21/1992, de Industria.
b) Los almacenes industriales, tal como se definen en el artículo 3 del presente reglamento.
c) Los talleres de reparación de vehículos.
d) Los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los párrafos anteriores.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación las actividades agrarias y ganaderas, entre otras actividades.
Además:
- Cuando en un mismo edificio coexistan con el uso o actividad industrial otros usos con distinta titularidad, para los que sea de aplicación el DB-SI o una normativa equivalente, los espacios de uso no industrial deberán satisfacer los requisitos exigidos por dicha normativa.
- Cuando dentro de un establecimiento industrial coexistan zonas con usos subsidiarios definidos en el CTE DB-SI, estas deberán cumplir con lo dispuesto en dicho documento si superan las superficies indicadas en el artículo 4 del Real Decreto.
Destacamos que en la disposición final segunda, el Real Decreto incorpora una modificación parcial del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación.
Con esta modificación, se armonizan el RSCIEI y el DB-SI, reglamentos que forman la regulación básica estatal en materia de seguridad en caso de incendio en las edificaciones, sin perjuicio de las particularidades y riesgos propios de los distintos edificios que está regulando cada reglamento.
Entre las principales novedades del nuevo DB-SI, destacamos:
- La incorporación de la definición del “uso almacén” en su ámbito de aplicación.
- La eliminación de la posibilidad de que las escaleras no protegidas que cumplan ciertas condiciones se puedan considerar salidas de planta.
Adjuntamos el enlace al nuevo marco reglamentario de seguridad en caso de incendios en edificios tras la aprobación del Real Decreto 164/2025: https://www.codigotecnico.org/DocumentosCTE/SeguridadEnCasoDeIncendio.html donde encontraréis el acceso a la nueva versión comentada del DB SI (comentarios del 4 marzo 2025).
Asimismo, el Real Decreto incorpora una modificación parcial del Real Decreto 513/2017 por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), así como modificaciones parciales de otros reglamentos con incidencia en edificación como el Real Decreto 355/2024 por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», o las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por el Real Decreto 552/2019.
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