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RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO A LICITACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA URBANÍSTICA – AYUNTAMIENTO DELEITOSA
El Colegio ha interpuesto el pasado 10 de enero un Recurso de Reposición a la publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de una Licitación por procedimiento abierto simplificado abreviado para la contratación de los “Servicios de asistencia técnica urbanística y otros servicios profesionales propios de un aparejador, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación” en el Ayuntamiento de Deleitosa.
En la cláusula octava del Pliego referida a los Criterios de adjudicación que sirven para determinar la mejor relación calidad-precio de las ofertas, se contiene, en el punto E), una desproporcionada e injustificada valoración de la titulación de Arquitectura. De los 30 puntos máximos que pueden llegar a obtenerse por formación académica adicional a la necesaria para el ejercicio de la profesión relacionada con el objeto del contrato, a la Titulación Superior de Arquitectura, se conceden 28 puntos.
Igualmente discriminatoria es la posibilidad de puntuar por formación académica adicional si se pueden acreditar cursos de formación impartidos por los Colegios Oficiales de Arquitectos y no por cursos de formación impartidos por los Colegios Oficiales de Arquitectos Técnicos, tal y como prevé el mismo punto E) de la cláusula octava del Pliego.
El 30 de enero de 2025 se ha recibido comunicación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento admitiendo el Recurso formulado por el Colegio, en el sentido de suprimir el título de Arquitecto como mérito y admitir como mérito en formación los cursos impartidos por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
Se adjunta enlace al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Deleitosa.