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NOTA INFORMATIVA DE VISADOS: SOLICITUD DE VISADO /REGISTRO DE LOS EXPEDIENTES
El Real Decreto 1000/2010 regula las actuaciones que requieren visado obligatorio, pero deja abierta la posibilidad de que ciertas solicitudes sean voluntarias, siempre que se cumplan las condiciones formales necesarias.
Desde el departamento de visado hemos detectado que, en muchas ocasiones, no se adjunta la nota de encargo firmada por el cliente o, en su defecto, el modelo de autorización correspondiente, el cual está disponible en nuestra página web. Es estrictamente necesario que la documentación esté debidamente cumplimentada para garantizar una tramitación ágil y correcta de los expedientes.
Aprovechamos también para recordar que, al utilizar la opción de duplicar expediente, se copian todos los datos del original. Por ello, es fundamental actualizar la información con los datos del nuevo expediente antes de su presentación.