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RECLAMACIÓN AEAT - COTIZACIÓN MUTUALIDADES LABORALES 1967-1978
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo beneficia a todos los actuales pensionistas que fueron trabajadores por cuanta ajena durante el periodo 1967-1978 (incluidos funcionarios) que cotizaron a las extintas mutualidades laborales.
Si bien la sentencia afecta a un número reducido de colegiados, reviste interés general en tanto que contempla la posibilidad de reclamar a la AEAT devoluciones fiscales de IRPF pagado de más, respecto de los ejercicios no prescritos (2019-2022).
La estimación de la reclamación supone asimismo un ajuste en las declaraciones futuras, en tanto que un porcentaje de su pensión no tributará en los siguientes años.
Se adjunta una NOTA INFORMATIVA con los requisitos exigidos y un enlace al formulario para presentar la reclamación, habilitado por la AEAT.
En caso de fallecimiento del pensionista dentro de los años no prescritos, la reclamación pueden presentarla los herederos.