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PUBLICADA LA PRÓRROGA DE 1 AÑO ADICIONAL LAS DEDUCCIONES FISCALES EN IRPF PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS Y EDIFICIOS.
Se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 8/2023, de 27 de diciembre (art. 16), que con efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el que, entre otras medidas, se prorrogan 1 año adicional las deducciones fiscales en el IRPF para actuaciones de eficiencia energética en viviendas y edificios:
Tres tipos de deducciones:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será hasta 31 de diciembre de 2024.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será hasta 31 de diciembre de 2024.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación será hasta 31 de diciembre de 2025.
Cuadro-Resumen: Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas